Los tíos que se negaban a hacer el servicio militar
En Grecia, un país de la CE, existen actualmente más de 450 presos de conciencia -según son reconocidos por Amnistía Internacional (AI)- a causa de su oposición a cumplir el servicio militar obligatorio, prácticamente el único motivo por el que el ejercicio pacífico de la libertad de expresión, pensamiento y conciencia provoca aún penas de encarcelamiento en Europa Occidental. Más de 450 jóvenes, la mayoría de ellos testigos de Jehová, pagan en las cárceles griegas su oposición a cumplir el servicio militar no armado, que dura dos veces más que el servicio armado (lo que implica cuatro años y medio de prestación), y sólo se permite para los que objetan por motivos religiosos. En Grecia no existe servicio civil alternativo separado del estamento militar. En 1987 se registró el primer caso de un objetor encarcelado y condenado en principio a cuatro años de prisión tras alegar motivaciones pacifistas, no admitidas en Grecia.
El Parlamento Griego tiene previsto debatir una Ley por la que se crearía un servicio civil alternativo que duraría el mismo tiempo que el servicio militar no armado, es decir, cuatro años y medio, pero de momento se encuentra paralizada desde julio de 1988. Las restricciones totales o parciales a ejercer la objeción al servicio militar forman el único motivo por el que países tan dispares como la Unión Soviética, Sudáfrica, Francia o España aparecen juntos en las estadísticas de presos de conciencia de Amnistía Internacional.
Amnistía Internacional no se posiciona sobre la conveniencia o no del servicio militar obligatorio. Su preocupación se centra en la situación de las personas que son encarceladas a causa del ejercicio legítimo de su libertad de conciencia, como ocurre con los casos de numerosos objetores en Europa Occidental. Durante los últimos años, AI ha adoptado por el citado motivo presos de conciencia en Austria, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Noruega, España, República Federal de Alemania y Suiza, entre otras naciones. En países como Estados Unidos, Reino Unido e Irlanda no existe el servicio militar obligatorio.
La Comisión de Derechos Humanos de la ONU adoptó en 1987 una resolución en la que considera la objeción al servicio militar como «un legítimo ejercicio del derecho de libertad de pensamiento, conciencia y religión», y recomienda a los Estados que no encarcelen a los objetores, y que se creen servicios civiles alternativos, así como procedimientos resolutivos imparciales para su aplicación. Por su parte, el Comité de Ministros del Consejo de Europa respaldó en una resolución de 9 de abril de 1987 la existencia de servicios civiles alternativos y recomendó que no tuvieran carácter punitivo. «Su duración en comparación con el servicio militar habrá de mantenerse dentro de limites razonables». Pero la realidad de centenares de objetores encarcelados en todo el mundo dista mucho aún de estas resoluciones, tanto por la imposibilidad de ejercer en ningún caso este derecho (hecho frecuente hasta ahora en los países de la Europa del Este), como por las restricciones que se le imponen, tal como ocurre en Europa Occidental.
Las restricciones se resumen en las condiciones que se exigen para reconocer la condición del objetor. Por ejemplo, la duración y/o característica del servicio alternativo, muchas veces punitivo por su mayor duración o por no estar claramente separado del estamento militar.
O la imposibilidad de solicitar la objeción cuando se está incorporado a filas (lo que se conoce como objeción sobrevenida, motivo por el que Al ha adoptado presos de conciencia en España). Sólo la RFA, Holanda, Finlandia y Suecia reconocen dicha posibilidad.
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